Cíclicamente, frente a una resolución
judicial que no conforma a un sector o persona determinados, se
utiliza la figura del juicio polìtico -como amenaza, o a través
de su efectiva implementación- para castigar al juez, fiscal o
tribunal en falta.
Los ejemplos abundan, y abarcan
decisiones judiciales variadas y de diverso contenido, aplicadas en
diferentes momentos del proceso penal:
- Caso 1: funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denuncian que un productor agropecuario entrerriano dispara reiteradas veces a su vehículo, como reacción frente al cumplimiento de las tareas de control y fiscalización efectuadas por los funcionarios. Ante la decisión de un fiscal de la provincia de Entre Ríos de dejar en libertad al presunto agresor, mientras se realizan la pericias correspondientes, varios diputados y funcionarios lo critican duramente, amenazando con someterlo a juicio político. Luego de que el procurador general de la provincia respalda la actuación del funcionario, la amenaza se diluye, y solo se presenta un proyecto de resolución reclamando “celeridad y rigor” en la investigación.
- Caso 2: los integrantes de un tribunal oral provincial absuelven a la totalidad de los acusados por la desaparición de una joven mujer, sucedida en 2003, porque entienden que no son suficientes las pruebas aportadas como para demostrar su participación en ese delito (sí, en otros, pero no en el secuestro y desaparición de la joven) Se promueve el juicio político contra los tres jueces, de modo inmediato, por parte del oficialismo de la provincia.
- Caso 3: un juez de ejecución nacional decide otorgar salidas transitorias a personas que han cumplido los requisitos legales como para obtenerlas: mitad de la condena cumplida y las calificaciones -que pone el Servicio Penitenciario Federal-, exigidas: 9 o más en conducta y 7 o más en concepto. En un caso, la persona que tiene salidas transitorias comete un nuevo y gravísimo delito: viola y mata a una joven. Es nuevamente detenido y condenado a prisión perpetua. En otro caso, la persona con salidas transitorias -que cumple en Resistencia, Chaco, a centenares de kilómetros de la sede donde trabaja el juez- es acusado del mismo delito: violación seguida de muerte. A pedido de una asociación civil, y de integrantes del Consejo de la Magistratura en el segundo caso, se le inician sendos juicios políticos al juez de ejecución, por haber otorgado salidas transitorias a personas que estaban en condiciones de tenerlas; por no haber “previsto” que iban a cometer crímenes.
Son solo tres casos, pero hay muchos
más. Nos preocupan dos cuestiones:
1- El intento de suplantar la revisión
judicial de una resolución con la que, por el motivo que sea, alguna
de las partes o terceros (diputados, senadores, consejeros,
asociaciones de víctimas, etc) no está de acuerdo, por un pedido
de castigo frente a los autores -jueces, fiscales, camaristas- de
esas resoluciones con las que no se acuerda. Sobre todo, si son casos
políticamente sensibles para determinados sectores de la población,
o particularmente graves por el tipo de delito que se juzga.
2-
Se argumentan cuestiones con las que es difícil no acordar, como por
ejemplo, las diferentes situaciones que atraviesan personas humildes
frente a personas poderosas: “a
las hermanas J las tienen presas hace dos años por defenderse de un
violador, y al empresario agropecuario, porque es poderoso, lo dejan
libre”.
Los ejemplos son ciertos, y podrían darse muchos más, que
confirmarían esa intolerable desigualdad. Hay más iniquidades
todavía: los pobres son más frecuentemente detenidos que los ricos,
y más aún, los pobres varones y jóvenes que viven en barrios
degradados. Un joven de clase media encontrado con dos porros no
pasará más de unas horas en una comisaría, hasta que su madre o
padre lo pase a buscar. Si ese joven vive en la villa o en un barrio
de alguna periferia, lo pasará mucho peor, y por más tiempo. Y así
de seguido. Pero no debería propugnarse la nivelación para abajo,
en vez de luchar para terminar con la discriminación y el clasismo
en la justicia. No se trata de que más gente la pase mal, o sea
detenida sin causa, o pase presa el tiempo que dure el proceso, sino
que se trata de que nadie sufra esas violaciones de derechos humanos.
Eso, una violación de derechos, es ser detenido sin motivo, o porque
tenemos determinado aspecto, o porque vivimos en este o aquel barrio.
Y también es una violación de derechos, estar presos/as antes de
que haya una condena firme, se trate de una persona humilde o de un
poderoso productor agropecuario.
Lo contrario sería plantear algo así
como que, como las personas humildes son mal atendidas en algunos
hospitales públicos y los/as niños de barrios degradados reciben
educación de mala calidad, debería darse un mal servicio sanitario
y educativo a todos/as los/as pacientes de todos los barrios, y
someter a todos/as los/as niños/as y adolescentes a que padezcan una
mala educación, para igualar...
Quienes
trabajamos cotidianamente con personas privadas de libertad y sus
familiares, personas concretas que sufren el daño que provoca la
cárcel en todo lo que toca, no queremos más pena, que es más dolor
y sufrimiento, para más gente. Se trata, por el contrario, de pensar
en reformas que disminuyan el sufrimiento, y que desmonten el
funcionamiento clasista, corporativo y discriminatorio del aparato
judicial1.
Claudia Cesaroni
ccesaroni@yahoo.com @CCesaroni
Buenos Aires, 5 de abril de 2013
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