El pasado dos de mayo, en la Ciudad de Mendoza, el Tribunal de Enjuiciamiento
de dicha Provincia resolvió desestimar la denuncia que se había formulado
contra los jueces Ramiro Salinas, Luis Correa Llanos y Alejandro Miguel, integrantes de la Cámara de Apelaciones
en lo Criminal.
La denuncia la llevaron a cabo los Diputados Provinciales Daniel Cassia
(Peronismo Federal), Patricia Gutiérrez (Unidad Popular), los senadores Gustavo Cairo, (PRO) y
Gustavo Valls (PRO), y el padre de una víctima de un hecho de inseguridad,
Osvaldo Quiroga mediante la cual les imputaban “mal desempeño de sus
funciones”. Hicieron partir esta premisa en su disconformidad con las
decisiones de libertad concedidas desde la Cámara de Apelaciones que habían
sido denegadas por el Juez de Ejecución.
Este argumento resulta una falacia que a su vez desconoce los derechos de
las personas privadas de su libertad y los fines que expresamente establece la
Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad a nivel nacional. Pretender explicar la
inseguridad como consecuencia directa de las decisiones judiciales en el marco
de procesos de ejecución de la pena, es un recurso de demagogia punitiva que ya
hemos visto en numerosas ocasiones y que, en este caso, se presenta en forma de
denuncia ante los jueces que se ven obligados a aplicar lo que la ley
prescribe.
En la votación la desestimación fue rotunda: 16 votos contra 3. Quienes se
encontraban a favor de admitir la denuncia fueron Mario Adaro, Jorge Nanclares
y Luis Petri, éste último autor del proyecto de ley que luego sancionara le
Legislatura de Mendoza mediante el cual se amplían los tiempos en los cuales
los detenidos pueden acceder al derecho a la libertad condicional, medida que
aleja a la Provincia de Mendoza de los estándares mínimos que establece la Ley
24.660 violando los derechos de las personas privadas de su libertad, por lo
que resulta inconstitucional. El CEPOC se hizo presente en el debate
parlamentario y a su vez presentó a los legisladores la siguiente carta
argumentando, entre otros, la total incompatibilidad del proyecto con la
Constitución Nacional y los Tratados Internacionales - http://cepoc-cepoc.blogspot.com.ar/2012/08/carta-abierta-los-senores-y-senoras.html -
La denuncia tuvo amplia repercusión en los medios locales quienes, enseguida
y en numerosas ocasiones, levantaron la noticia y la difundieron, como así lo
hicieron con los agresivos dichos de uno de los diputados, Cassia -
Llamativamente, o no tanto, la desestimación del Jurado de Enjuiciamiento
no tuvo la misma repercusión. Por ello, y solidarizándonos con los jueces
integrantes de la Cámara, entendemos necesario difundir esta decisión que
entiende que la presentación realizada no encuentra fundamento alguno como así
tampoco merece siquiera el curso inicial del trámite que obligaría a los jueces
a explicar sus posiciones. El rechazo de esta denuncia se traduce como la mejor expresión de lo
que debería ser un auditor del Poder Judicial: un ente que no es susceptible a los
reclamos demagógicos.
CEPOC
12/05/2013
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