¿Qué es una persona menor de 18 años?
Un "niño", conforme el art. 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Una "persona menor de edad", conforme el art. 25 de nuestro Código Civil y Comercial.¿Qué es una persona menor de edad (o sea, menor de 18, o sea, un niño) que cumplió 13 años, según nuestro Código Civil y Comercial?
Un "adolescente".
¿Qué normas protegen especialmente a las personas menores de edad, incluyendo a las y los adolescentes?
- La Convención sobre los Derechos del Niño (1989), con jerarquía constitucional.
- La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, (2005)
¿Qué dice el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas sobre los adolescentes, y las situaciones de violencia en las que se ven involucrados?
En primer lugar, que la participación en el delito está vinculada a la falta de oportunidades:
En segundo lugar, que es gravísimo bajar la edad de punibilidad para abordar esas problemáticas. Esta Observación General del Comité de Derechos del Niño sobre los derechos del niño en la adolescencia es de 2016, y pueden verla aquí: https://www.ohchr.org/es/documents/general-comments-and-recommendations/general-comment-no-20-2016-implementation-rights
En 2019, el Comité de Derechos del Niño produjo la Observación General 24, relativa específicamente a los niños y la justicia: https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhsqIkirKQZLK2M58RF%2F5F0vEnG3QGKUxFivhToQfjGxYjmWL8OqYmwD2mk%2FKowHzmkHuJ3%2FQZS%2B1wgzz9gVS3MnqbvAwhiT8CT%2B634KtpF8yd
Y, con relación a la edad de punibilidad, dijo algo muy concreto:
- No menos de 14 años.
- Encomiable los que la tienen más alta, en 15 o 16.
- Nunca la bajen, bajo ninguna circunstancia.
Y, por debajo de la edad de punibilidad, bajo ningún concepto debe intervenir el sistema judicial, sino las otras áreas del Estado:
En conclusión:
- Edad de punibilidad, o edad mínima de responsabilidad penal, debe quedar en 16 años.
- Por debajo de esa edad, se deben aplicar políticas públicas no penales ni judiciales, para abordar a niñxs y adolescentes que cometan transgresiones.
- Las penas para los adolescentes punibles (16 y 17) no deben superar los 10 años de prisión, y se deben revisar periódicamente, para lograr su reintegración social, único objetivo de un sistema penal para adolescentes.
- Debe crearse un sistema de justicia especializado.
Milei, Bullrich y Cúneo Libarona quieren encerrar adolescentes desde los 13 años, condenarlos a 20 de cárcel y mandarlos a los 18 a cárceles de adultos; e internar a los de 0 a 13 sin límite temporal, al igual que se hacía en tiempos de Patronato.
No se puede permitir.
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