SOBRE SALIDAS TRANSITORIAS, SALIDAS CULTURALES, SERVICIOS PENITENCIARIOS, ASESINOS, VIOLADORES Y CHORROS.

Desde el día domingo 29 de julio, y a partir de una nota publicada por el Diario Clarín:  se generó un debate público, en el que se realizan afirmaciones sobre un tema complejo, en algunos casos con absoluto desconocimiento, en otros con evidente mala fe.

El Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC) está integrado por abogadas/os y sociólogas que estudian el tema carcelario, y que trabajan en el territorio de la cárcel: dando clases, asistiendo a detenidos/as, acompañando familiares, investigando, elaborando leyes, asesorando legisladores/as. Parte de nuestra labor la compartimos con la Asociación Civil de Familiares de Detenidos en Cárceles Federales(AciFaD), una organización social que nuclea a las esposas, compañeras, hijas, madres, hermanas, de personas privadas de libertad. Ellas saben de lo que hablan porque cada día juntan alimentos para llevarles a sus seres queridos; cargan pesadas bolsas con comida y ropa; viajan en colectivos, trenes y remises hasta llegar a cárceles lejanas; se someten a requisas humillantes; y escuchan con amor y paciencia los reclamos y pesares de las personas que aman. No cometieron ningún delito, pero las tratan como si fueran culpables: las hacen esperar horas; las someten a rayos x para ingresar; o les hacen bajar la bombacha y hacer flexiones, si prefieren evitarlos; les llevan a sus familiares a Rawson, Neuquén o Resistencia, y las someten a la peor de las torturas: saber que sus seres queridos tienen frío, son golpeados, corren riesgos, lloran por teléfono diciendo "me voy a suicidar".
 

Sin embargo, lo que provoca escándalo y debate, son las salidas de un grupo de presos. Entonces, sobre este punto, queremos aclarar: 
 
1- Las salidas "denunciadas" por Clarín no son "salidas transitorias" ni "traslados". Las salidas transitorias requieren cumplir una serie de requisitos. Esos requisitos son objetivos: haber cumplido la mitad de condena o 15 años para quienes estén condenados a prisión perpetua; y otros absolutamente arbitrarios, y donde se asienta el poder del Servicio Penitenciario Federal: es necesario tener conducta ejemplar y concepto favorable (lo que se traduce con calificación de 9 y 7 respectivamente). La facultad de "calificar" la conducta de presos y presas otorga un enorme poder a los servicios penitenciarios, genera mecanismos de extorsión -si no te portás bien, no te pongo el punto que te falta- y de corrupción -venta de informes "favorables"-. En el ámbito del SPF, solo el 5 % de los/as presos/as gozan de salidas transitorias, según datos oficiales brindados por la Procuración Penitenciaria: 465 sobre un total de población penal de 9523.

2- Las salidas "denunciadas" por Clarín tampoco son "traslados". Traslado es cuando se lleva a un preso de una cárcel a otra; o a un hospital para que se le haga una práctica médica; o al velorio de un familiar, entre otros casos. Como denuncia la Asociación de Familiares, esos traslados suelen demorarse alegando dificultades de falta de móviles, o de nafta; lo que provoca que se pierdan turnos en los hospitales; o que se llegue tarde a un velorio, y un hijo no pueda despedirse de su madre; o que un padre no pueda visitar a sus hijos/as alojados en hogares de menores (todos casos reales, documentados con nombre y apellido)

3- Las salidas "denunciadas" por Clarín son para participar en encuentros culturales, actividades recreativas o eventos deportivos, o de cualquier índole que se considere beneficiosa para el desarrollo de la persona privada de libertad. Se pide autorización al juez o tribunal a cuya disposición está ese/a preso/a, y si la autorización se brinda, la persona sale custodiada, va al lugar donde está invitado/a, por un plazo definido y determinado (dos, tres, cuatro horas), y vuelve custodiado a la unidad donde está alojado. Esa salida puede realizarse en cualquier momento de la estadía de la persona en la cárcel, tanto si está procesado como si está condenado, porque no está sujeta a requisitos de "tiempo cumplido", ni de un determinado nivel de "conducta y concepto". El derecho a gozar de estas salidas surge del llamado "Principio de reinserción", que está expresamente desarrollado en nuestra Ley de Ejecución Penal, N° 24.660: 
 
ARTICULO 1º. La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad. El régimen penitenciario deberá utilizar, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, todos los medios de tratamiento interdisciplinario que resulten apropiados para la finalidad enunciada.

Nótese que se refiere a los condenados, pero en el artículo 11 de la misma ley, dice:
 
ARTICULO 11. — Esta ley, con excepción de lo establecido en el artículo 7º, es aplicable a los procesados a condición de que sus normas no contradigan el principio de inocencia y resulten más favorables y útiles para resguardar su personalidad. Las cuestiones que pudieran suscitarse serán resueltas por el juez competente.

4- En el caso particular de las actividades organizadas por el VatayónMilitante:

- La cárcel es una institución donde impera el miedo, el dolor y la arbitrariedad. Todo lo que pueda hacerse para abrir la cárcel, y para que la sociedad ingrese a ella, a través de instituciones educativas, laborales, recreativas, deportivas, sindicales, de derechos humanos, políticas, debe ser estimulado y bienvenido. Y es preciso trabajar con todos los presos y todas las presas, aún con quienes hayan cometido delitos graves, que nos repugnen más o menos conforme nuestras convicciones. Sin embargo, Nos preocupa que el desarrollo de actividades recreativas pueda verse subordinado a la participación en determinada fuerza política. Las personas privadas de libertad sufren una enorme deprivación en su autonomía, en sus posibilidades de elegir libremente, en el ejercicio de sus derechos. Hacer bailar a un preso con un penitenciario puede parecer simpático para algunos. Para muchos otros -nos incluímos-, implica una humillación, un acto de violencia simbólica, más allá de las buenas intenciones con que los integrantes de esa agrupación trabajen en el ámbito carcelario. La cárcel es una institución pública, y es deber del Estado garantizar, mediante políticas públicas universales, el acceso a todos los derechos para todos/as los/as presos. El Estado cuenta con innumerables instituciones que pueden y deben cumplir esta función. 
 
- Las facilidades con las que cuenta para desarrollar su actividad el Vatayón Militante no es compartida por otras organizaciones sociales y de derechos humanos, sobre todo en las que tienen una mirada crítica sobre lo que sucede en las cárceles federales.

- Entendemos que, tanto como deben respetarse los derechos de las personas privadas de libertad, debe respetarse el dolor de las víctimas y de sus familiares. En ese sentido, nos parece desaconsejable difundir imágenes festivas mediante videos y redes sociales, en tanto provocan más dolor en los familiares de las víctimas de delitos graves, y asimismo pueden afectar la intimidad de algunas de las personas privadas de libertad que aparecen en ellas. 
 
- Nos parece vergonzoso y perverso que se pretenda cuestionar que determinados presos, por el delito cometido o imputado, sean estigmatizados, y se plantee que deberían ser utilizados como "símbolos" para dar "mensajes a la sociedad". El momento en que se determina la gravedad de un delito, y la pena correspondiente, es el momento de la condena. Luego, la persona condenada (o imputada, como es uno de los casos), conserva TODOS los derechos que se derivan de su condición de ciudadano. Haya hecho lo que haya hecho. Caso contrario, estamos planteando un derecho de ejecución penal para ladrones, otro para homicidas, otro para agresores sexuales, etc. Las personas, en un Estado democrático de Derecho, no son instrumentos para dar mensajes, sino sujetos de derecho. 
 
5- Nos preocupa que, a partir de discutir estos temas, se pretenda recortar derechos, en vez de ampliarlos. Somos muchos quienes pensamos que, en algún momento de la historia, la cárcel deberá desaparecer, o reducirse a niveles mínimos. En principio, creemos que no deberían construirse más cárceles, y que debería revisarse caso por caso cuántos cientos o miles de personas que hoy están presas, podrían obtener su libertad. En el mientras tanto, también insistimos en que debe reducirse al máximo el daño que la cárcel provoca. Y a continuación, damos algunos ejemplos:

- En el ámbito federal, se envía a presos que viven en la Capital Federal o el conurbano bonaerense, a cárceles ubicadas a cientos de kilómetros: Rawson (Chubut), Neuquén, Resistencia (Chaco), Río Gallegos (Santa Cruz). La pena de extrañamiento sigue vigente en nuestro país, rompe familias, aleja niños/as de sus padres, provoca pena y dolor agregado.
-En el módulo de jóvenes adultos de Marcos Paz (18 a 20 años), los abusos, golpes, amenazas y humillaciones son constantes.   
- Las plazas para participar en tratamientos para adictos son escasas, quienes las solicitan deben esperar años.
- Las distintas unidades penitenciarias tienen distintas reglamentaciones, tanto con relación a la documentación que exigen para que una persona ingrese como visitante, como con relación a qué ropa se puede llevar, o qué alimentos. Esto implica que las familiares, en ocasiones, deban volverse de la cárcel sin haber podido ingresar, porque les faltaba un documento que en otra unidad no se les exigía, o porque llevaban ropa de un color no admitido. 

-El Servicio Penitenciario Federal es una fuerza militarizada, en sus prácticas, en sus costumbres, en su preparación.


Nuestras propuestas: 
 
1- Es preciso derogar la ley orgánica del SPF N° 20.416, creada por la dictadura de Lanusse en mayo de 1973 (días antes de la asunción del gobierno democrático) y discutir un nuevo Servicio Penitenciario, desmilitarizado, reducido, que solo cumpla una función de custodia externa de las unidades penitenciarias. El resto de las actividades que se realicen dentro de la cárcel, deben desarrollarse desde las instituciones públicas respectivas: el ministerio de educación, el de desarrollo social, el de trabajo, la secretaría de deportes, etc. 
 
2- El Senado debe tratar de modo urgente, y aprobar, la creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, garantizando así que las organizaciones sociales y de derechos humanos que trabajamos en la prevención de la tortura y los malos tratos podamos ingresar sin restricciones a recorrer todas las instituciones de encierro, sin aviso previo, hablando de modo confidencial y privado con las personas privadas de libertad. 
 
3- Todas las organizaciones de trayectoria y compromiso con la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad, deben contar con facilidades para acceder a desarrollar proyectos educativos, laborales, recreativos, deportivos y culturales en los lugares de encierro, y debe garantizarse la participación de todas las personas privadas de libertad que así lo decidan, sin ningún tipo de discriminación, sin condicionamientos impuestos por el servicio penitenciario, ni limitaciones basadas en el lugar de alojamiento, la conducta, o el concepto. 
 
4- Rechazamos los intentos de limitar el piso de derechos garantizados por la ley de Ejecución Penal N° 24.660. Por el contrario, creemos que el ejercicio de derechos de las personas privadas de libertad debe ampliarse, facilitando su formación, su desarrollo personal, sus vínculos familiares y sociales, y su egreso anticipado de la cárcel, mediante salidas eventuales; salidas transitorias y libertad condicional, sin realizar distinciones basadas en el delito cometido. 
 
Cuando hablamos de derechos de las personas privadas de libertad, estamos hablando de derechos de todos y todas: de quienes han cometido un delito y de sus familiares; de las víctimas de ese delito, y de la sociedad en su conjunto. Estamos convencidos/as de que cuánto más abiertas sean las instituciones de encierro, cuánta más y mejor oferta de oportunidades haya para quienes deben cumplir una pena, mejor será para todos/as


Claudia Cesaroni
15-4404-5299

Descarga el documento: 

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Los privados de la libertad son privados de la libertad. No estoy a favor de las torturas ni de los tratos inhumanos. Pero hay que empezar a entender que no estan de vacaciones en el penal.

CEPOC dijo...

Anónimo: tenés razón. Están privados de libertad, no de derecho a la educación, al trabajo, al esparcimiento, al fortalecimiento de las relaciones sociales y familiares, etc. Eso es lo que intentamos decir.

Anónimo dijo...

Esta parte de la primer propuesta: "El resto de las actividades que se realicen dentro de la cárcel, deben desarrollarse desde las instituciones públicas respectivas: el ministerio de educación, el de desarrollo social, el de trabajo, la secretaría de deportes, etc." ¿No se contradice con su función (la del CEPOC, me refiero) y con la 3er propuesta?

Por otro lado, ¿Qué opinan de la expresión "juicio y castigo"?

Cuando hablan de no publicar en facebook u otras redes sociales, ¿No va en contra de la inserción que plantean? Sin ofender, me suena medio hipócrita el hecho de que esté bien hacer las actividades pero no publicarlas. Digo, cuando la gente publica cosas como que "a los chorros hay que matarlos a todos" también hiere susceptibilidades.

Todo esto lo pregunto sin chicanas, para nada. A veces me sale ese "enano facho" cuando se trata más que nada de delitos sexuales (igual nunca al punto de llegar a pedir la pena de muerte ni mucho menos) y quería profundizar en el tema.

CEPOC dijo...

Anónimo: no veo la contradicción. A ver: en una escuela pública, quién tiene que brindar educación? El Estado, a través del Min de Educación. Luego, si una organización social, de ddhh, deportiva, ofrece algo que se suma a esa acción básica del Estado, y lo hace para todos, bienvenida. Lo mismo para la cárcel.
Sobre la cuestión de la publicación en las redes sociales, simplemente nos parece que no era necesario. Si lo importante es que las personas privadas de libertad accedan a derechos, la exhibición no es necesaria, y en algunos casos, es claramente inoportuna.
Sobre "juicio y castigo", es una discusión muy profunda, difícil de responder en un comentario. Es una consigna que tiene que ver con un momento histórico de nuestro país, en el marco de la lucha contra la impunidad de los responsables de crímenes de lesa humanidad y sus cómplices. A mí (responde Claudia Cesaroni), me parece que la discusión acerca de la utilidad del castigo, en general, y de la institución cárcel en particular, como herramienta de castigo, es la discusión de fondo que es preciso dar, y estos debates que surgen son complementarios a esa discusión de fondo.
Gracias por opinar!

Anónimo dijo...

Porque citan a un corrupto nepotista como el chanta del procurador penitenciario?
Encima semejante impresentable te echo cesaroni, jajuajajajjaja

CEPOC dijo...

El dato que publicamos es irrefutable, que es lo importante para discutir seriamente estos temas. Y la Procuración Penitenciaria, con sus más y sus menos, es bastante más que Mugnolo.

Anónimo dijo...

Trabajo en la procuracion penitenciaria, mugnolo es un delincuente que hasta contrata auditores a dedo para que pongan lo que el quiere y poder seguir robando junto a sus laderos, empezando por cejas... Es horrible,

CEPOC dijo...

Bueno, cuando yo tuve cosas que decir, lo hice públicamente, y dando la cara. Este no es un espacio para intervenciones del tipo que acabás de enviar, así que te aviso que no vamos a volver a publicar este tipo de comentarios. Ya lo advertimos en otra ocasión: este no un blog personal, sino de una organización que pretende discutir temas a fondo, seriamente, y no aceptamos insultos, y menos anónimos.

Anónimo dijo...

Si pongo quien soy no duro un dia mas... Chequeen la informacion!!

CEPOC dijo...

Cerramos con esto: la única información que publicamos, la cifra sobre presos que están con salidas transitorias, está chequeada. Saludos.

Alejandro Bruno dijo...

estoy totalmente de acuerdo con que reduzcan las penas si los presos estudian, obviamente además, porque yo mismo estoy privado de mi libertad en un penal en la prov. de Santa Cruz, pero desde mi punto de vista interno deberia estar acompañado por mas asistencia psicológica, evaluaciones y trabajo en conjunto con los educadores ya que muchos presos sólo con el estudio no es suficiente para resocializarlos. los felicito por el sitio.