Prisión perpetua: Saberes, consecuencias y alternativas en la voz de los condenados

Ponencia presentada en el IX Congreso de Antropología Social realizado en Posadas Misiones del 5 al 8 de agosto de 2008

Silvana Garbi

Claudia Cesaroni

Orlando Aguirre

Resumen

El presente trabajo se enmarca en un Proyecto de Investigación desarrollado por el Grupo de Estudios Sociales de la Vida Penitenciaria (GESVIP) de la Universidad Nacional de Quilmes y el Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC). El mismo pretende ser exploratorio y constituirse como un avance de una investigación más amplia a presentarse a futuro.
De las múltiples, diversas y, frecuentemente, dramáticas cuestiones que nutren las discusiones y los análisis en que se abordan los problemas propios del mundo de la cárcel, el tema de la pena es ciertamente central. Tal centralidad ha determinado numerosos abordajes y desde ángulos diversos, buscando en general, ahondar tanto en sus fundamentaciones y justificaciones, explícitas o implícitas, como en las consecuencias que su aplicación trae en orden a los objetivos declarados u ocultos que se le asignaran.
El presente trabajo si bien apunta a la cuestión de la pena, no intentará tanto analizar su justificación, su éxito, o su fracaso sino e indagar en la concepción que de ella tienen quienes son objeto de su aplicación en forma directa, particularmente quienes cumplen penas de prisión muy prolongadas.
De esta manera, el principal objetivo del trabajo será analizar, desde la perspectiva de los condenados y a través de entrevistas realizadas en distintas Unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense, las consecuencias individuales, grupales y sociales que provocan las penas de prisión y reclusión perpetua.
De manera más específica buscaremos conocer las formas de sobrevivencia psíquica que sostienen a los condenados a prisión perpetua. El rol que desempeñan la fe, las visitas, la escuela en tanto ámbito de liberación y construcción de identidad, el trabajo como espacio de canalización de energías físicas y síquicas, como forma de obtención de recursos económicos; los peligros que perciben, la relación con otros internos y los diversos pabellones.

Palabras clave: Criminología, Prisión perpetua, Cárceles y Derechos Humanos.



Introducción

La discusión acerca de la imposición de penas de prisión de larga duración suele limitarse a analizar su efectividad en términos de utilizarlas como instrumento para lograr la reducción del delito, es decir, en cuanto a los supuestos efectos que produce en el infractor de la ley penal, apareciendo como una amenaza lo suficientemente severa como para hacerlo abandonar su decisión de consumar un hecho ilícito.
La mayoría de los autores rechaza esta pretensión, contrastándola no solo con argumentos teóricos, sino con numerosas estadísticas confiables que demuestran que la mayor amenaza penal no es la que provoca en los sujetos modificación en sus conductas. El caso paradigmático es el de los Estados Unidos, donde, vigente la pena de muerte en varios estados, esta decisión no implica una baja en el nivel de violencia ni en la cantidad de delitos que se producen. En el caso de la Argentina, se producen cíclicamente decisiones de política criminal, luego de determinadas “olas” delictivas, que no provocan los efectos deseados. Un caso recurrente es el de las muertes de policías: luego de que se produjeran varios homicidios cuyas víctimas fueron miembros de fuerzas policiales, se incorporó al Código Penal la agravante correspondiente, sancionando con prisión perpetua a los autores de la muerte de cualquier integrante de una fuerza policial o de seguridad. Sin embargo, al año siguiente, se produjeron más muertes de policías, la mayoría de ellas por haber intervenido mientras se encontraban de franco en situaciones claramente desventajosas, apremiados por la obligación que les imponen las normas que regulan su accionar de intervenir en toda situación, aunque ello signifique poner en riesgo su vida o la de terceros.
Sin embargo, no es objeto de esta investigación analizar las penas de larga duración en cuanto a este aspecto, es decir, a su vinculación con la disminución o no de los delitos, sino indagar en cuanto a los efectos que provocan estas condenas en quienes las padecen y en quienes deben custodiarlos, esto es en las personas privadas de libertad condenadas a prisión y reclusión perpetua y su núcleo social más cercano.
Consideramos que la producción de discursos que expresen efectivamente nuestra interioridad y el ser escuchados son, a la vez que derechos humanos fundamentales, valiosas experiencias de reflexión sobre las motivaciones que nos llevan a actuar de determinada forma. La cárcel, tal como es concebida actualmente, es una gran incubadora de la violencia y la comunidad carcelaria, constituida por presos y agentes penitenciarios, detenta una memoria y saberes específicos que pueden contribuir en mucho para que la sociedad aprenda a detener y desactivar ese pernicioso circuito. Asimismo, la inscripción de la voz de los presidiarios en el conjunto de los discursos circulantes, así como la garantía de audibilidad del registro de sus experiencias, son derechos inalienables de todos los hombres y todos los pueblos.
En esta dirección, esta investigación parte de tres reconocimientos básicos, el primero, frecuentemente negado por principio o de hecho, es que las personas encarceladas por muy largos años y sus familiares tienen, por su bagaje cultural y por la particular y dramática experiencia por la que atraviesan, múltiples y ricos saberes que no pueden ni deben ser ignorados. El segundo es que uno de los derechos humanos básicos y fundamentales de los condenados es poder expresar y comunicar efectivamente esos saberes para, reconociéndolos valiosos, integrarlos como elemento positivo en la afirmación de su propia identidad y entregarlos como aporte personal e insustituible al colectivo social del que forman parte.
El tercero es el reconocimiento que la comprensión de los saberes propios del mundo de la cárcel forma también parte de los derechos humanos del conjunto de los hombres. Derecho que es también y simultáneamente obligación y necesidad en la medida en que esos saberes podrán indudablemente convertirse en ricos e irreemplazables elementos tanto para las reflexiones académicas sobre la cárcel y sobre la pena a las que se hizo referencia, como para los imprescindibles y urgentes replanteos que el sistema penal y el sistema carcelario necesitan.
Por lo demás consideramos relevante dar cuenta de esta situación ya que no son muchos los textos e investigaciones que den cuenta de esta problemática, y menos aún los que recogen la voz de los presos. Así lo afirma el experto en materia penitenciaria Andrew Coyle (2002: 139). “Los convenios e instrumentos internacionales sobre derechos humanos dicen poco sobre el tema específico del tratamiento de reclusos condenados a cadena perpetua u otras penas prolongadas. Sin embargo, entendemos que se trata de un problema que afecta seriamente los derechos de muchas personas, no solo de quienes cumplen este tipo de condenas, sino también los de sus familias. En este sentido, resulta contundente Florentín Meléndez (2004: 82-83), Relator para las Personas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y Relator para la Argentina, al consignar que: “En el derecho internacional de los derechos humanos se prohíben las penas perpetuas, ya que constituyen típicos tratos o penas inhumanas, cuyos efectos trascienden incluso la afectación de los derechos del condenado por delitos e invaden la esfera de protección de derechos de terceras personas directamente vinculados con él, como los integrantes de su núcleo familiar primario.”
Por último y en relación a lo anterior, tenemos una postura tomada en cuanto a considerar las penas de prisión perpetua como un trato inhumano que contradice principios constitucionales. Recordemos aquí el artículo 18 de la Constitución Nacional: “Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice”. Incluso si las cárceles cumplieran con sus funciones constitucionales y fuesen lo que los publicistas de derecha o los humanistas ingenuos dicen que deberían ser, incluso así, las penas a prisión perpetua seguirían siendo de dudosa legitimidad ya que basta un mínimo de sentido común para considerar que un período de encierro prolongado es contrario a cualquier resocialización. Si a esto le sumamos las condiciones de detención de las cárceles argentinas, en general y bonaerenses en particular, en las que los golpes y amenazas, la tortura, los apremios, las condenas de facto a muerte, la falta de atención sanitaria, la mala alimentación, el hacinamiento y la superpoblación son parte de la cotidianeidad, la situación se vuelve doblemente grave y cualquier detención además de anticonstitucional, se vuelve una seria y flagrante violación a los Derechos Humanos.

Antecedentes

El proyecto de investigación del cual forma parte este trabajo tiene su origen en la labor que una de las autoras realizó como asesora jurídica del Procurador Penitenciario desde abril de 2001 hasta agosto de 2004[1]. La principal actividad del Procurador y de sus asesores es recorrer las cárceles federales, entrevistar a las personas privadas de libertad allí alojadas, vigilar que se cumplan sus derechos, y actuar como órgano de control del Servicio Penitenciario Federal. De las entrevistas realizadas y del contacto con los y las presas, surgió un especial interés por la situación de tres jóvenes condenados a prisión y reclusión perpetua por delitos cometidos antes de los 18 años de edad.[2]
Los casos de estos jóvenes fueron presentados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por la flagrante violación de derechos humanos que configura la aplicación de una pena como la prisión perpetua a personas que al momento en que se los apresó tenían 16 y 17 años. Pero el acercamiento a ellos significó conocer a otros hombres y mujeres que también padecían penas perpetuas, pero cuyos casos no se consideraban violatorios de los derechos humanos porque no eran menores de edad al momento de cometer sus delitos, y porque ni el ordenamiento jurídico argentino ni los tratados internacionales de derechos humanos prohibían entonces -ni lo hacen ahora- que se apliquen esas penas. La búsqueda de trabajos, documentos, resoluciones sobre esta cuestión resultó casi estéril.
Sin embargo, en la Oficina de las Naciones Unidas en Buenos Aires se pudo encontrar un documento de la Oficina de las Naciones Unidas en Viena, Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, emitido en 1994, cuyo título es Prisión Perpetua (ST/CSDHA/24).
En ese documento, las Naciones Unidas, a través de su oficina especializada en la prevención del delito, invitaba a los Estados Parte a efectuar investigaciones sobre:

a) Los efectos de la excarcelación de los reclusos condenados a prisión perpetua sobre el público, sobre sus víctimas y, en caso de muerte o de incapacidad permanente de éstas, sobre los familiares a cargo de las víctimas;
b) Las tensiones especiales con que se enfrentan los reclusos condenados a cadena perpetua y los efectos de tales penas sobre su personalidad y sobre su desarrollo sicológico.
c) Los efectos de los programas de tratamiento y de capacitación, de los programas anteriores y posteriores a la excarcelación, del régimen abierto y de la excarcelación anticipada o condicional sobre la vida futura de los reclusos condenados a prisión perpetua;
d) Las bases empíricas de las finalidades penales que justifican las condenas a prisión perpetua; y
e) Las condenas a prisión perpetua y sus repercusiones sobre los derechos humanos garantizados por las constituciones y por los tribunales constitucionales.

Se le propuso entonces al Procurador Penitenciario que, en el marco de una visita de rutina que se iba a realizar a la Unidad Nº 6 de Rawson en febrero de 2003 se autorizara a entrevistar a todos los presos con prisión y reclusión perpetua alojados en esa Unidad. Cabe consignar que la Unidad 6, junto con la Unidad 7 de Resistencia, Chaco, y la Unidad 9 de Neuquén, son las denominadas de “máxima seguridad”. Allí son enviados la mayoría de los presos federales con penas de prisión y reclusión perpetua
En efecto, según surge de los datos brindados por el Servicio Penitenciario Federal el 17 de enero de 2003 (Nota Nº 321/02. D.J.) en respuesta al pedido de información efectuado por Claudia Cesaroni, en cuanto a la cantidad de presos y presas condenados a prisión y reclusión perpetua en cárceles federales, a esa fecha había:

165 presos/as con prisión perpetua
37 presos/as con reclusión perpetua
De ese total de 202 personas condenadas a este tipo de penas, 19 eran mujeres.
Del total de varones presos, 45 estaban alojados en la Unidad 6 de Rawson, 37 en la Unidad 7 de Resistencia, Chaco, y 31 de la Unidad 9 de Neuquén . Es decir, la Unidad 6 era la que alojaba a la mayor cantidad de presos condenados a estas penas.
De ese total de 45 presos, la autora pudo entrevistar a 24. Se completó con cada uno de un formulario en el que, además de los datos sociodemográficos básicos se le preguntaba por la relación que mantenía con su grupo familiar (si estos lo visitaban, si había tenido hijos con posterioridad a su detención, entre otras) y cuestiones vinculadas a su causa, al tiempo de detención cumplido, y a las expectativas que tenían en cuanto a la obtención de salidas transitorias[3], la libertad condicional[4], y la libertad definitiva[5].
Luego de la entrevista, se le entregó a cada uno de los presos un sobre en blanco con una estampilla, y un papel en el que se le solicitaba que describa con sus palabras lo que para el significa estar condenado a prisión o reclusión perpetua con el objetivo de que posteriormente lo envíe por correo a las oficinas de la Procuración Penitenciaria.
En los siguientes meses, se recibieron 10 testimonios. Las respuestas hacían referencia a condiciones sociales anteriores a la detención de extrema vulnerabilidad y a la falta de oportunidades, con críticas tanto al sistema político, a la seguridad pública y al servicio penitenciario en algunos casos; en otros se señalaba la condena como un factor de cambio personal generado a partir del estudio. Existían asimismo menciones a la necesidad de contención psicológica, la angustia y la soledad generado por el alejamiento familiar.
A continuación, algunos pasajes significativos de esos testimonios. En la transcripción, se respetó la redacción original.

A.R 36 años, preso desde los 20
…porque yo quede huerfano de padre y madre a los 12 años desde entonse me crie en la calle de un lado al otro. Sin nadie que me eduque o fuera a la escuela como todo chico. Pero no tuve esa oportunidad llamada Educación ni amor en mi niñe. Para mi la prición perpetua esta mal porque no tuve oportunidad de chico ni de grande. La prición perpetua si la asetaría si yo fuese educado si me criara con amor si tuviese padre y madre y le fayara ay si que la acetaría.
J.P.L 24 años, preso desde los 18:
…no quiero ni deseo volver a perderme nunca más. En ese sentido he cambiado ya no soy el mismo. Soy un ser nuevo que ha cambiado porque experimenté algo nuevo. Por eso encuentro tan emocionante aprender, antes pensaba que era aburrido, hoy no lo digo más. Hoy puedo decir que cada libro me conduce a nuevos libros. Cada vez que escucho una melodía se me presenta miles de piezas nuevas (…)
“Nadie es malo y perverso”
Por lo general el sistema político, el de seguridad pública y por sobre todo el Sistema Penitenciario tiende a tratarnos o de mostrarnos como si fueramos máquinas destructoras, no nos permite crecer a aprender nuevos valores, a convertirnos en personas de familia, no permite que seamos dignos de integrar una sociedad por el hecho de cometer un error y así “la Justicia del hombre” me condena a la perpetuidad. ¿Por qué? Si yo he cometido un error y no pretendo ser un delincuente más como pretende el sistema actual porque todo este tiempo pedí ayuda a la Administración Penitenciaria de turno pero hizo oídos sordos.
De vez en cuando alguien debería darnos una palmada en el hombro y elogiarnos: “eso estuvo bueno, sinceramente me gustó”.
Pero para aprender y crecer, para cambiar y poder ser uno mismo hace falta la vida y la libertad, debemos se libres para crear (…) quiero ser libre, una persona nueva y de hecho hace tiempo que lo soy.
J.C.F. 30 años, preso desde los 20:
(...) Usted es la única persona que ví en 10 años, a veses, siento tanto ahogo en el pecho, y me duele, como me robaron la vida y pensar que no viví nada, porque con 20 años y una dicción a las drogas que podía vivir (…)
Me he arrepentido tantas veses pero tantas, pero solo logro llorar en la oscuridad. No se sí algún día sere libre. Si podre caminar por alguna vereda, no se si saldre vivo, ni cuanto tiempo pueda vivir más. A veses himagino que no voy a tener tiempo para formar una familia, (...) aunque lo sueñe a cada instante La razón de levantarse cada mañana sin un fin sin un mañana.
M.A.T. 47 años, preso desde los 40:
(...) Creo con una visión sumamente realista que todos los derechos humanos pueden resumirse en uno solo “EL DERECHO A TENER UN PLAN DE VIDA”.
El único ser humano que no puede planificar “NADA”, es el que vive bajo un sistema totalitario o anárquico, o el procesado, o el condenado a pena indeterminada (Este último es mi caso).
Estoy condenado a pena indeterminada, y más precisamente me encuentro sumergido en el estadio más violento del derecho, me resulta imposible saber qué será de mi vida mañana mismo…
La incertidumbre de un proceso, que luego se prolongó por un encarcelamiento por tiempo indeterminado, me produce una angustia y una opresión en el alma muy difícil de superar, y de explicar (…) yo no tengo presente ni futuro en el sentido profundo de la condición humana, porque mi condena es a encierro por tiempo indeterminado. (...)
C.D.N. 23 años, preso desde los 17:
(...) En el momento que yo resibi dicha condena, “sentí que me estaban matando en vida”, también siento que me estan robando el entusiasmo de vivir de crecer y de poder progresar, sinceramente no encuentro las palabras para manifestar el dolor de este acontecimiento, es muy fuerte, pero a la vez surge de mi un impetu que invita a volver a recuperar “La Esperanza” que la justicia una vez intento quitarme siendo un adolecente.
Hoy me encuentro en un Abismo donde no hay posibilidades de concretar ningun tipo de objetivo (…) hay una discriminación muy inmensa el estar condenado a reclusión perpetua, hace que no halla ningun tipo de progreso, ni podamos vivir como seres humanos, somos muy vulnerados, no hay, ni existe ni un poco de sentimiento de ser humano hacia nosotros, no les importa de nuestra vida, y en mi caso teniendo tan solo diecisiete años me tocó vivir así, (…) y decir que es tan hinumano, esta vida que llevo.(...)
G.J.D.S. 31 años, preso desde los 18:
Cuando los encierros son tan prolongados uno se aleja de su entorno familiar, de los amigos y no es porque uno lo quiera así, es que es necesario deshacerse de la pena que causa no poder estar con sus seres queridos, y uno se va distanciando de sus afectos y de su único contacto con la sociedad (…) pero es producto del encierro, luego la perpetuidad se volvió sinónimo de esperanza, con la única diferencia que carece de iniciativa, crecer, madurar o superarse no sirve de nada cuando uno no puede proyectarse y la frustración hace que te ensimismes en un mundo mental y te vuelvas hostil y fácilmente irritable,

Las dificultades para investigar en el Estado

La investigación no pudo seguir desarrollándose en la Procuración Penitenciaria, porque quien la llevaba adelante dejó de trabajar allí, para pasar a cumplir funciones en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (SDH). Allí, se produjo un encuentro con investigadores de la Universidad Nacional de Quilmes, y se elaboró un proyecto conjunto, que se intentó desarrollar en el ámbito de la SDH, partiendo de considerar que la imposición de penas de prisión perpetuas es considerada en el derecho internacional de los derechos humanos como una severa violación de los derechos de las personas privadas de libertad.
El integrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y relator para la Argentina y para las Personas privadas de Libertad, Florentín Meléndez (ibid.) anota que ´Las penas perpetuas están prohibidas en diferentes instrumentos convencionales, entre los que se pueden mencionar los siguientes: la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención Europea contra la Tortura; la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 7º); la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 5º; y la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 37) De igual forma se prohíben las penas perpetuas en instrumentos declarativos como la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 5º) y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (artículo 26)'[6]
Existe, como es obvio, una evidente contradicción entre estas prohibiciones, así como entre los objetivos declarados de la pena privativa de la libertad –reinserción, readaptación, resocialización- y la realidad que muestra que, en nuestro país, y solo en el ámbito federal, había en enero de 2003, un total de doscientas dos personas –hombres y mujeres de todas las edades- cumpliendo este tipo de penas (ciento sesenta y cinco, prisión perpetua, y treinta y siete, reclusión perpetua)[7]
Estas personas, como afirma Coyle, padecen una de las sanciones más severas que puede imponerse en aquellas jurisdicciones que no tienen, o que han optado por no aplicar, la pena de muerte. En ausencia de ésta, la cadena perpetua toma un significado simbólico y debe ser considerada como el más extremo castigo.´[8]
Cada uno de ellos y ellas deberá esperar veinte o más años –a partir de la sanción de las denominadas Leyes Blumberg, pasados treinta y cinco años, en el caso de que no sean reincidentes y no hayan cometidos determinados delitos, para los que se prohíbe la libertad condicional-, para salir de la cárcel. En algunos –pocos- casos, podrán gozar de salidas transitorias después de cumplir quince años de condena. Durante ese lapso, atravesarán situaciones personales, familiares y de convivencia, que indudablemente afectarán su situación física y psíquica.
El proyecto fue presentado en marzo de 2006 a la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Humanos, sin éxito. El entonces Subsecretario consideró inconveniente desarrollarlo, y una vez más, su ejecución quedó suspendida.

El desarrollo del proyecto en un ámbito académico

Los investigadores de la Universidad Nacional de Quilmes, encabezados por el titular del Grupo de Estudios sobre la Vida Carcelaria (Gesvip), Lic. Rodolfo Brardinelli, y la autora del proyecto, ahora junto con dos sociólogos integrantes como ella del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), Orlando Aguirre y Silvana Garbi, decidimos llevar adelante el proyecto por fuera de los organismos públicos, para lo cual se obtuvo un subsidido de investigación y desarrollo de la Universidad.
El proyecto se comenzó a desarrollar en abril de 2007, y se prevé finalizarlo en mayo de 2009.

Aspectos metodológicos

La investigación estaba originalmente prevista para desarrollarse en tres cárceles federales de máxima seguridad, por lo que debió adecuarse para su ejecución en territorio bonaerense, lo que supuso en primer lugar, trabajar con una mayor dispersión de los presos en más unidades.
En el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense existen 10 complejos penitenciarios con un total de 46 unidades[9] en las que se alojan cerca de 23.000 detenidos.
Se solicitó un listado de las personas condenadas a prisión y reclusión perpetua alojadas en cárceles provinciales, a las autoridades del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB). Aquí ha aparecido una dificultad generada por la mala y desactualizada información que el SPB proveyó en principio acerca del número y lugar de alojamiento de los condenados. Un primer listado recibido reconocía la existencia de solo 90 condenados, alojados en determinadas unidades. Ante nuestras quejas por las dudas y desencuentros que nos producía esa información, el SPB nos proveyó un segundo listado con 150 condenados y, semanas más tarde, luego de trabajosas gestiones, un tercero, con 240 condenados y sus ubicaciones actualizadas. Recién este último resultó razonablemente adecuado a la realidad y nos viene permitiendo planificar con precisión las visitas a las unidades.
Como resultado de las primeras aproximaciones y entrevistas tentativas realizadas en el campo, así como del análisis de bibliografía referida a experiencias similares realizadas en nuestro país y en Europa[10] y de la relectura de entrevistas con presos realizadas por los integrantes del grupo en trabajos anteriores, surgió la convicción acerca de la conveniencia de ampliar la estrategia metodológica planteada en el proyecto, agregándole a las “entrevistas en profundidad” previstas, un repertorio fijo de preguntas, cerradas y abiertas, organizadas en forma de encuesta.
Cada entrevista consta ahora de dos etapas, una primera en la que se administra el cuestionario y una segunda en la que se desarrolla la entrevista en profundidad. El agregado requirió, además del tiempo necesario para una cuidadosa preparación del cuestionario, el tiempo necesario para la solución de las nuevas complejidades que se presentaron a la hora de su aplicación.
La incorporación del cuestionario hizo necesaria la realización de una prueba piloto. En ella se buscaron y alcanzaron dos objetivos:
El primero, la prueba del formulario y de la base de datos diseñada. El segundo, específico de la forma de abordaje elegida, poner a punto una estrategia que permita a los entrevistadores manejar los dos registros; el de la encuesta y el de la entrevista en profundidad, abordando en forma discreta y homogénea los momentos en que el entrevistado se deslice espontáneamente del cuestionario a la entrevista, aprovechando la riqueza del diálogo así suscitado sin que por ello se pierda o desorganice el seguimiento del cuestionario ni se deteriore la entrevista subsiguiente.
En esta primer etapa exploratoria hemos analizado ocho entrevistas interpretativas en profundidad que nos permitieron capturar la perspectiva que las personas tienen sobre su experiencia de detención. La guía de entrevistas se diseñó en función de los ejes del estudio llevándose a cabo en forma semi-estructurada.
Respecto a la técnica de la entrevista Rosana Guber considera que “la entrevista es una de las técnicas mas apropiadas para acceder al universo de significados de los actores” (Guber 1991: 68). Un argumento que sigue esta misma línea es desarrollado por el interaccionismo que, según Silverman (1994), asume que la entrevista aportaría una profundidad mayor que cualquier otra técnica de investigación ya que esta permite a los entrevistado usar sus propias y únicas maneras de definir el mundo y les permite hacer aparecer temas importantes no contenidos en el listado. Otras apreciaciones contenidas en la preferencia por entrevistas abiertas presuponen que una intervención semi dirigida o abierta no constituye una forma de control social a lo que el entrevistado dice. Sin embargo, muchas veces se cree ingenuamente que a través d entrevistas se accede a relatos íntimos, a experiencias profundas, a lo auténtico o verdadero y no se tiene en cuanta que también se puede estar reproduciendo un guión cultural interiorizado o pautas familiares o institucionales. Es importante tener esto en cuenta, sobre todo cuando se trabaja en cárceles porque las lógicas institucionales también influyen en forma decisiva sobre la subjetividad de la persona y muchas veces el detenido toma como propio el discurso institucional.
Baker afirma que el entrevistador y entrevistado construyen activamente una sobre el mundo que se corresponde con lo que tomamos por evidente o natural acerca de la persona de quien estamos hablando y del contexto de la pregunta. Generalmente esto aparece encubierto y se solo se hace manifiesto cuando entrevistador y entrevistado pertenecen a mundos culturales diferentes, de modo que es muy importante que el investigador reconozca su propio marco interpretativo y lo diferencie del marco de las personas que constituyen su objeto de estudio. Este reconocimiento permitirá acceder a un universo de significaciones diferentes porque de lo contrario se asume que se están obteniendo respuestas a nuestras preguntas cuando en realidad esas respuestas no necesaria ni automáticamente las responden. En este sentido aunque aparentemente hablen el mismo idioma, “dicen” cosas diferentes. El riesgo es proyectar conceptos y sentidos del investigador en las palabras del informante.


Acceso a las unidades carcelarias

El acceso a las unidades penitenciarias siempre resulta dificultoso y no está exento de trabas. Para facilitar este ineludible requisito de la investigación se firmó un convenio entre la Universidad Nacional de Quilmes y el Servicio Penitenciario Bonaerense. Esto posibilitó tener un relativamente sencillo acceso a las unidades y en virtud del mismo las entrevistas se realizan en forma privada en oficinas del SPB. No obstante este convenio, la predisposición del Servicio no siempre es la mejor y tiende a dificultar el trabajo o a establecer trabas en algunas unidades, sobre todo aquellas que son de máxima seguridad o tienen régimen cerrado. Largas esperas para ingresar a la unidad y poder tener contacto con el entrevistado y falta de lugares adecuados para realizar las entrevistas han sido los principales inconvenientes.


Los primeros entrevistados

A continuación expondremos los resultados a los que hemos arribado en las entrevistas llevadas a cabo hasta el momento.

En referencia a la pregunta “si les ha servido la cárcel”, existe cierto contraste en las opiniones: algunos entrevistados sostienen que opera como un límite, un espacio de reflexión y encuentro consigo mismo y mencionan el haber adquirido un oficio o el estudio como aspectos positivos; otros, sobre todo quienes ingresaron jóvenes refieren a la maduración forzosa que les significó el encierro. En estos dos casos, sin minimizar lo negativo de la situación, se rescata, por un lado cierto aprendizaje que se da a partir de valorar lo que han perdido sobre todo en relación a la familia o los afectos y por otro lado al haber tenido acceso a una formación que no poseían. A diferencia de estas consideraciones, otros afirman en forma tajante que la cárcel no sirve para nada y enfatizan en los aspectos negativos de la misma en el sentido de que salen con mayor resentimiento y maldad. Resulta pertinente recordar aquí las palabras de Foucault (1992) quien considera a la cárcel como un mecanismo para transformar a los individuos. De esta manera

Si, me sirvió para... Me sirvió en que el encierro y la condena que tuve me hizo reflexionar, cada día, constantemente... es horrible esto...(Entrevista 3)

En mi caso personal me sirvió para darme cuenta de muchas cosas que yo hacía mal. Entonces eso sirve para reflexionar uno mismo sobre lo que hizo mal en la calle. O sea, para volver a estar en la calle y no volver a pasar por lo mismo. (Entrevista 12)

Con este golpe, yo le llamo un golpe, aprendí, con mis dieciséis años hoy tendría como cincuenta años, porque crecí de golpe y si bien no es un lugar para crecer, no le deseo a nadie este lugar, aprendí a ser persona. (Entrevista 5)

A mi la cárcel me hizo madurar de la noche a la mañana, a la fuerza. Yo lo que siempre le digo a mi mamá… yo no me quejo de la condena que me dieron, yo se lo que hice, se el daño que causé y hoy lo reconozco (…) estando acá adentro aprendí a valorar muchas cosas (…) (Entrevista 6)

No. No, o sea me sirvió en la parte tal vez familiar para que sean los afectos… mas… me sirvió, que yo en la calle no estudiaba y que bueno, aprendí el oficio de carpintero, después no… sacando eso no, no, no sirve. Mas a medida que van pasando los años uno acá… vio… y va viendo como cambian las cosas. (Entrevista 7)

Para mí... yo estoy más resentido de lo que estoy
Para nada, para que la gente salga más resentida, salga con más maldad. (Entrevista 2)

Para mi punto de vista… no se… para mi punto de vista no sirve para nada ninguna cárcel. (Entrevista 3)

En relación a los malos tratos también existen diferencias, mientras que en algunos relatos son recurrentes y enfatizan en el carácter normal o natural de los mismos, otros sostienen que nunca han recibido ningún tipo de maltrato ni físico ni verbal. En cuanto a la denuncia de los malos tratos, en muchos casos, los detenidos no la hacen por temor a represalias o por considerar que no va a pasar nada. Otros han hecho la denuncia y no han tenido una respuesta satisfactoria tanto por parte de los jueces como del Servicio Penitenciario. Debemos considerar que para muchos detenidos, la denuncia del maltrato puede implicar poner en riesgo la propia vida o ser víctimas de algún tipo de represalia. “La víctima que denuncia suele sufrir represalia del sistema de la impunidad: se los traslada a unidades penitenciarias en las que se los castiga o tortura nuevamente, se amenaza a sus familias e incluso a jueces, fiscales, o defensores que patrocinan o investigan” (Comité Contra la Tortura, 2006: 33)

Quiero que quede grabado esto por mi integridad física, porque todo lo que estoy diciendo es cierto, no me importa si me tienen que volver a pegar, ya me pegaron miles de veces una paliza mas una paliza menos me da lo mismo pero quiero que quede grabado lo que es acá adentro, hoy día por una caja de pastillas… yo le digo tomá andá y matalo a (xx) porque (xx) está denunciando y ahí viene y me mataron… después dicen que no, que fue una pelea entre internos” (Entrevista 2)

Si pero vio no… no han tomado medidas… no han tomado mucho que digamos, no? Usted vio que las cosas… dicen de una manera pero no las hacen… quiero estar con mi familia, vio? (Entrevista 6) .

El servicio… porque Morón, cuando yo le comentaba al juez era como… sarcástico vio, yo llegué ahí con un yeso así de acá a acá, del tobillo hasta acá (señala la ingle) me mira, ‘y te jodiste jugando a la pelota’, me dice, yo lo miré, esta bien, ‘me jodí jugando a la pelota’ (Entrevista 5)

- ¿Qué tipo de malos tratos recibió?

“mano atada atrás, desnudo debajo de la lluvia con el agua abierta despacito que me caiga acá en el medio de la cabeza. Un ser humano no puede aguantar algo así, sin embargo yo estuve ahí abajo” (Entrevista 2)

…he recibido palizas agresiones eso ya es… que vengan y te den un palazo en la costilla, un palazo en la cabeza… como le puedo explicar, es como normal, eso ya es normal… (Entrevista 3)

El abuso de autoridad también está presente en los relatos sobre los malos tratos:

(Un oficial del SPB) me tuvo aislado en un cuartito como éste, me hizo desvestir, me cagó a palos con una goma, me sacó todas las cosas que tenía, me sacó un grabador con cd, un televisor color, y un par de cosas más que no le doy importancia a lo material… no, lógico me lo compró mi familia, pero yo no le voy a decir a mi familia “no, sabés qué, me agarró la policía y me cagó a palos y me sacó esto y lo otro”, no, “si, mamá, lo tengo acá, quedate tranquila” todavía lo está pagando. Entiende? Ese es el dolor que yo tengo acá adentro. Porque “yo le saco un televisor”, por qué? Porque tengo autoridad?” (Entrevista 2)

¿Y denunció los malos tratos?
Y no, sabe lo que pasa si uno denuncia después tiene que pasar por manos de ellos y te ponen no apto para la sociedad… te perjudican por otro lado. (Entrevista 6)

Cuando se les pregunta por alternativas diferentes al encierro en una Unidad Penitenciaria, las respuestas coincidieron en regímenes abiertos que contribuyan al desarrollo personal de las personas condenadas, se nombra el trabajo, el estudio y la capacitación.

Sí, habría programas abiertos... según qué clase de delitos, no? Para que puedan darles la oportunidad. Si quieren cambiar y esforzarse... Régimen de máxima seguridad no... esta no es vida....(Entrevista 3)

Una granja, como para trabajar, como para que lo puedan llegar a evaluar, como se puede llegar a evaluar…” (Entrevista 2)

Creo que lo que nos llevaría a nosotros a reinsertarnos a la sociedad sería que tanto la iglesia católica o evangélica se unieran y que el servicio penitenciario entienda que somos personas. (…) si a nosotros en la unidad nos dan una formación para que podamos servir y trabajar, nos pueden contener psicológicamente y estudiarnos a nosotros, o sea contenernos psicológicamente y tratarnos, y darnos un trabajo creo que eso seria lo mejor para nosotros. El servicio tendría que convivir con el interno y tratarlo como persona. Esa es la base, no sé si una alternativa, pero esa es la base, que nos traten como personas. (Entrevista 6)

Sobre las consecuencias que tuvo para los entrevistados recibir una condena a perpetua, varios de ellos hicieron referencia al peso que significó la carátula de prisión perpetua

Tuvo muchas (consecuencias)... fue re feo... Re feo, era la condena diferente a todas, que tenían un número... Letras tenía: prisión perpetua” (Entrevista 3)

Para este entrevistado, el día más significativo en su vida fue precisamente cuando le impusieron la pena de prisión perpetua:

(El día más significativo fue) Cuando quedé con prisión perpetua... Porque parece que se me terminó la vida, que no iba a salir nunca más... que no iba a llegar nunca el día para que me vaya.

Creo que fue lo primero que dije en el juicio cuando me dijeron “usted queda de ahora en más en la pena de prisión perpetua”, me quedé hipnotizado, me quedé duro por lo que habían dicho, creo que fueron dos días que estuve de esa manera.” (Entrevista 5)

Cada dos por tres me agarraban ataques depresivos, que me iba matar, no quería comer, no quería hacer nada. No quería saber nada con nada. (Entresvista 12)

Lo que provoca es que… digamos no tuve un beneficio… como una transitoria como para ver… después bueno… No… G… (nombre del detenido) porque estás con muchos años ya… a los 15 años me correspondía… pero es así… es así porque como que ellos… como ellos dicen… por ahí nosotros te mandamos al rancho y por ahí vos no venís mas… entonces se quedan medio vio… pero no sé…(Entrevista 6)


Ante una condena tan larga y las consecuencias ya explicitadas de lo que causa una vida en prisión, muchos entrevistados confiesan haberse apoyado en ciertos “puntos de fuga” como el estudio, el trabajo o la fe religiosa constituyéndose en soportes para la sobrevivencia psíquica.

La fe religiosa
Obvio que aún a mi me afectó (la condena) por ser muchos años. Pero siempre estuvimos en lo de la religión, entonces nos basamos en lo que es la esperanza que ponemos en dios y bueno ponemos las cosas en la mano de dios y que dios obre.” (Entrevista 5)

Residir en el pabellón evangélico aparece como una forma de evitar la violencia que se vive en otros pabellones, aunque la descripción acerca de las prácticas imperantes en los pabellones evangélicos revela que el abuso de poder no está ausente, sino que en lugar de expresarse a través de la violencia física de los golpes, se expresa en la permanente exigencia de cumplir las imposiciones “espirituales”, y a través de la amenaza de ser expulsado de ese espacio, en caso de no cumplir todos los preceptos impuestos.

Es un lugar especial, acá se contiene a la persona, no importa el delito, no importa lo que sea socialmente, sea juez, sea abogado. Somos todos iguales. Si la persona no tiene visita, vos podes pedir permiso a la autoridad para que esa persona comparta la visita con vos, esa es una forma de ayudarnos. De ahí también lo que nos traen nuestras familias también se les da a ellos, si nos traen dos maquinitas, dos prestobarbas, se le da, también jabón se les da a ellos, si nos traen dos pares de medias se les da uno. Nunca quedan necesitando algo, siempre se los provee de todo. (…) En este lugar se puede trabajar con el interno. La religión hoy en día en las cárceles sirve. Tenemos solo un cinco por ciento de personas que salen de unidades cristiana o pabellones cristianos que vuelven de vuelta. (Entrevista 5)

También el hecho de residir en este tipo de pabellones otorga a las personas condenadas ciertos beneficios, tal como fue expresada en la siguiente entrevista:

Hoy puedo llegar a solicitar que se haga una audiencia y a la hora me van a atender o en el día me van a atender, porque saben como nos manejamos nosotros, desde el máximo líder, o sea el pastor, hasta el último interno se manejan de la misma manera. (Entrevista 5)

Esto supone que, de hecho, existe al interior de las unidades dependientes del Servicio Penitenciario Bonaerense una privatización de determinados pabellones y hasta unidades. El Estado ha cedido, en estos espacios, el orden, el control y la disciplina a determinados presos -los pastores evangélicos- para que ellos establezcan las reglas a las que deben someterse los presos allí alojados, y las consecuencias que se derivan del incumplimiento de estas reglas, como ya se dijo, pueden ser la expulsión de estos espacios, para volver a los pabellones donde la violencia es más explícita y brutal.

Pero como nosotros nos manejamos por el tema de la religión, nos vino bien (el cambio de autoridades de la Unidad), porque ya nos habíamos tomado un libre albedrío, hacíamos cosas que no teníamos que hacer. O sea, por ahí ya habíamos perdido el respeto por la autoridad, ya pensábamos que estábamos en nuestra casa, se faltaba el respeto o ya había peleas, discusiones y bueno. (Entrevista 5)

El estudio como punto de fuga
Tal como sucede con el pabellón evangelista, los pabellones de estudiantes también se constituyen como alternativas para sobrevivir psíquica y físicamente en la prisión

Y se convive de otra manera, porque en un pabellón de tránsito estás todo el día con una faca en la cintura, una faca en la mano, tenés que estar atento de no pestañar porque de repente te falta una par de zapatillas, una remera, cualquier cosa. Aparte de todas las cosas que se ven en un pabellón de tránsito que están todos los que no tienen conducta, están los canas vigilando de acá para allá constantemente. Y en el pabellón de estudiantes es otro nivel de vida porque se vive bien. No tenés que andar con una faca en la cintura, tenés más tiempo para tus cosas (…) uno se puede acostar a dormir la siesta, a leer un libro, a escribir, a hacer gimnasia. Se convive de otra manera. La tranquilidad más que nada. (Entrevista 12)

Además de que en ciertos casos permite residir en un pabellón de estudiantes, el estudio se constituye en sí mismo como una forma de liberación y de proyectarse a futuro.

(Estudiar) me cambió la manera de pensar, en el momento que yo vivía en un pabellón de máxima, salía un poco de lo que es el pabellón, de las cosas que pasan. Yo salí, entré en contacto con gente de la calle y aprendés cosas”. (Entrevista 12)

“Yo cuando estaba en cuarto año, teníamos que terminar el año haciendo un proyecto. Éramos doce en el grupo, trece, terminamos haciendo un proyecto de alfabetización. Sí, sí veo yo que tengo... o sea con eso de armar un proyecto, uno ya tiene una base más o menos. Y presentándolo en una municipalidad, la municipalidad tiene que dar un espacio, proveer de materiales. Hay que insistir, sí, porque no te van a dar de movida, hay que insistir, insistir, insistir. Ahí cerca de mi casa, de donde yo vivo actualmente hay un club, una sociedad de fomento. Y yo tenía pensado eso, hacer un par de proyectos para la gente de ahí. (Entrevista 12)

Asimismo, el entorno familiar se constituye en un fuerte sostén para quienes deben atravesar por este tipo de condenas

- ¿Qué le devolvió la esperanza?
Ver a mi hijo, que me lo traían a las visitas. Verlo bien, verlo un poquito más grande y mejor, y el darme cuenta que yo tenía beneficios y que la podía pelear. Que la podía pelear y que no iban a ser los veinticinco años que yo pensaba que iban a ser. O sea, todavía estoy detenido, pero bue. Gracias a mi hijo, mi familia, mi mamá, mi hermana, que venían y me decían fijate cuanto es esto, lo otro, lo otro, lo otro “Estás detenido” me decían, “lamentablemente estas detenido, pero fijate que tenés tal beneficio, tal cosa”. Y verlo a mi hijo crecer, o sea, yo a mi hijo, prácticamente lo conozco acá en la cárcel. Estuve poco en la calle, un mes habré estado con él, que era un bebé. (Entrevista 12)

Los días de visitas son los más esperados:
Imaginate, un día antes, a la noche, once y media ya me estoy afeitando, lavando los vasos, los platos, arreglando los cubiertos, las servilletas, los manteles, para atender a las visitas (…) y hago buñuelos, torta fritas, por ahí hago medialunas, lo que tenga ganas” (Entrevista 2)
Es re especial. Es re especial, tengo que preparar todo... Y preparo los platos (...) Cocino algo por ahí (…) me quedo re contento” (Entrevista 3)
Y, ansioso… ansioso… ansioso porque ya es una cosa vio que… ya muchos años que estamos… y en parte mi señora también… hace dos semanas que no viene y… ayer hablé con ella y me dice, “hace dos semanas que no te veo” y bueno… a veces se puede a veces no se puede… de última hablamos por teléfono… pero que no falte el churrasco en casa… prefiero eso vio…(Entrevista 5)

Prepara algo especial para ellos…?
Si, si, si… tengo ahí justo en el pabellón… hay un muchacho que trabaja acá en la carnicería y en si abastece el pabellón vio… el mismo te dice “bueno vos vas a tener visita” bueno en la semana te traigo esto… y el mismo te trae…

Y que le pasa… que siente el día que lo visitan digamos…O como lo vive…
Bien, porque me saca de todo… el abrazo con mi hijo… mi esposa… más mi esposa, que es la que más me sigue, vio… me saca de mucho… no digo que estoy mal, pero en el sentido vio de otra cosa… a veces… mi señora me dijo hace como quince días, que lindo sería que un día de visita nos vayamos los dos de la mano… y son cosas que por dentro a uno lo revientan vio, por la forma en que lo dice vio… y bueno… pero ya va a llegar el día… si si ya se…(Entrevista 6)

Cuando se pregunta por las consecuencias que tuvo este tipo de condena, el dolor provocado en su entorno familiar aparece frecuentemente en las entrevistas:

Consecuencias muchas, primero el dolor de mis padres, el trabajo que me hubiese gustado seguir teniendo para estar al lado de ellos… si no hubiese estado acá dentro, hubiese visto crecer a mi hija, hubiese visto nacer a mi hija, hubiese estado al lado de mi hija al lado de mi señora, por supuesto. Por supuesto también al lado de mis padres, que esos son valores importantes. (Entrevista 2)
Sí, padecí, padecí por mi familia, en fechas (como el) día de la madre, día del padre, día del niño.
Perdí muchos valores. Perdí a mis padres, a mi abuela que ya no está, por estar acá adentro. A mis amigos, mis recuerdos.

Una consecuencia de la delincuencia: estar privado de la libertad, perder muchos años, perderte mucha cosas. Asimismo, yo conozco a mi nene acá en la cárcel. No puedo llevarlo a jugar a la pelota, no puedo llevarlo al club, no puedo llevarlo al colegio, y esas cosas el me las reclama, “cuando salgas tenés que llevarme al club, a McDonalds, llevarme al colegio, ir a buscarme, llevarme a la práctica”. (Entrevista 12)

Y para mi familia fue… hasta el día de hoy vio… hasta el día de hoy mi nena que tiene, va a cumplir seis años no lo puede creer, dice cómo puede ser… que… que la gente que habla de papi, me entiende…(Entrevista 6)

La condena a prisión perpetua aparece en algunos discursos como un estigma que lleva la persona con dicha condena, dentro de la prisión:

(Por) una condena así me dejaron en esta Unidad de régimen cerrado, nunca me dieron la oportunidad de trasladarme a otra Unidad, a los jueces nunca los vi después del juicio, nunca. Nunca tuve una entrevista con el juez... Aún para pedir trabajo aquí en la Unidad, cuando ven la ficha de uno que dice perpetua ya seleccionan, para hacer esto, seleccionan, o para pedir un cambio de pabellón, por la condena que uno tiene, seleccionan (…) agarran la ficha, y no importa lo que hizo, si estudia, trabaja, si tiene conducta o no... Prisión perpetua, dejalo acá adentro... Es una clasificación así, por tu carátula, pero bueno... (Entrevista 3)

- ¿Crees que repercute el hecho de que estés condenado a perpetua?
Sí, repercute en ellos que ganan $1000 o $1500 por mes y dicen “no, a ese dejalo que tiene perpetua, no le importa nada, no lo molestés”, comentarios entre ellos (los guardiacárceles)” (Entrevista 2)

Y el fantasma de este estigma continúa al salir en libertad:

Hay un parte de la ley que dice que el delito no se puede pagar dos veces, el mismo delito no se puede pagar dos veces, sea un homicidio, un robo, una violación. Sin embargo nosotros pagamos dos veces. Porque al salir, yo salgo hoy y vuelvo a mi barrio, o sale aquel que robó y vuelve a su barrio y la gente va a decir uhh aquel es delincuente o el chorro o el drogadicto. Lo está pagando de vuelta. Entonces siempre apuntamos a la sociedad, la sociedad no lo acepta. No sería tanto la cárcel si te puede cambiar o no, o si te puede preparar o no para la sociedad, para poder reinsertarte. Creo que no pasaría por la cárcel. Mi caso es especial porque acepté el lugar donde estoy pero nunca bajé los brazos”. (Entrevista 5)

Perspectivas de futuro, como piensan su vida fuera de la cárcel:

¿Y si tuviera que pensar o se tuviera que imaginar su vida estando en libertad, como piensa que sería?

Saliendo de acá y estar en la calle? Estar con la familia, no me interesa si tengo que hacer changas, si tengo que agarrar una pala para lo que sea… ya esto, esto no da para más porque yo lo puedo aguantar, no digo que me acostumbré pero mi familia vio… yo se que se van de acá y salen medio así vio… y se ponen a llorar… y yo con qué cara los puedo mirar después a mis hijos atrás de una reja de vuelta, es así… (Entrevista 6)

¿Cómo piensa que será su vida fuera de prisión?
No pienso, ni pienso tampoco. El día que salga veré cómo continuar, pero por el momento no.


Conclusiones

Tal como lo anticipamos durante el desarrollo del presente trabajo, éste se constituye como un avance de una investigación en curso, con lo cual las conclusiones que se extraen responden a las entrevistas hasta aquí analizadas.
A partir de las entrevistas analizadas hemos intentado brindar una primera aproximación a la complejidad y contradicciones de la problemática carcelaria y de los efectos que las condenas a prisión o reclusión perpetuas tienen sobre quienes las sufren. Hemos observado que al respecto existe cierto contraste en las opiniones de los entrevistados en relación a la pena: mientras que para algunos opera como un límite, un espacio de reflexión y encuentro consigo mismo y mencionan el haber adquirido un oficio o el estudio como aspectos positivos; otros, sobre todo quienes ingresaron jóvenes refieren a la maduración forzosa que les significó el encierro. Pero también hay quienes afirman en forma tajante que la cárcel no sirve para nada y enfatizan en los aspectos negativos de la misma.
También hemos pretendido mostrar cómo las entrevistas se constituyen en ejemplos de algunos de los fundamentos de lo penitenciario, que es la transformación de los individuos. El aislamiento, el trabajo o la educación aparecen como las principales herramientas de esta transformación. En este sentido hemos advertido como muchos entrevistados confiesan haberse apoyado en ciertos “puntos de fuga” como el estudio, el trabajo o la fe religiosa constituyéndose en soportes para la sobrevivencia psíquica. Sin embargo, cabe aclarar que estos dispositivos son parte de una relación de poder que a través de su organización jerarquizada y una determinada organización y empleo del tiempo tienen como eje la interiorización de la disciplina.
Por último, se pone de manifiesto las contradicciones y dobles discursos por parte del Estado ya que se apela al carácter humanitario y resocializador que deben tener las cárceles y en ellas se busca su fundamentación, pero por otra parte prácticas violatorias de todas las leyes son moneda corriente en los lugares de encierro. Es así que los malos tratos recibidos en muchos relatos aparecen como naturalizados, como parte constitutiva de vivir en prisión, y en otros casos, si bien existe una mirada más crítica sobre estas situaciones vejatorias, las mismas no se denuncian por temor a represalias o por la misma convicción de que de nada servirá la denuncia.



Bibliografía
- Comité Contra la Tortura. 2006. Ojos que no ven. El sistema de la crueldad II. Informe sobre violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad de la provincia de Buenos Aires. 2005 – 2006. La Plata: Comisión Provincial por la Memoria
- Coyle, Andrew. 2002. La administración penitenciaria en el contexto de los derechos humanos. Manual para el personal penitenciario. Londres: Centro Internacional de Estudios Penitenciarios. 139.
- Foucault, Michel. 1992. Vigilar y Castigar. México: Siglo XXI
- Guber, Rosana. 1991. El salvaje metropolitano. Buenos Aires: Editorial Legasa
- Meléndez, Florentín. 2004. Instrumentos internacionales sobre derechos humanos aplicables a la administración de justicia. Estudio constitucional comparad. México: Fundación Konrad Adenauer, Cámara de Diputados de México y Miguel Ángel Porrúa Grupo Editorial
- Silverman, D. 1994. Interpretating Qualitative Data. Methods for Analyzing Talk, Text and Interaction. California: Sage Publications


[1] Abogada Claudia Cesaroni. Véase: Informe del Procurador Penitenciario, 2001-2002 y 2002-2003.
[2] Véase: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y UNICEF, Sentencias de reclusión perpetua y prisión perpetua a personas menores de 18 años de edad en la República Argentina (1997-2003), Buenos Aires, 2003; Pinto, Gimol y Mabel López Oliva: La sanción de reclusión perpetua a adolescentes y la Convención sobre los Derechos del Niño o la imposibilidad de su justificación, Nueva Doctrina Penal, 2001 A, Ad Hoc, Buenos Aires, 2001, pág. 175 y ss.; Cesaroni, Claudia: Penas ilegales en la Argentina: jóvenes condenados a prisión y reclusión perpetua, Cuaderno Negro. Revista sobre la cárcel y la filosofía del castigo, Buenos Aires, abril de 2004.
[3] Para los condenados a prisión y reclusión perpetua, la posibilidad de obtener salidas transitorias solo existe luego de cumplir quince años de prisión, elevadas calificaciones de conducta y concepto, y el informe favorable del Servicio Penitenciario Federal (arts. 16 y 17 de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, Nº 24.660). Cumplir todos estos requisitos resulta obviamente muy difícil, y aún en caso de que así sea, el juez a cargo de la ejecución de la pena puede negarlas. Tanto los presos como los penitenciarios y los jueces se refieren a las salidas transitorias más como un “beneficio” que como un derecho.
[4] Cumplidos dos tercios de la condena, el juez podrá conceder la libertad condicional (art. 13 del Código Penal) También se trata de una facultad, no una obligación legal, y también depende de los informes que brinde el Servicio Penitenciario. Los presos declarados reincidentes no gozan de libertad condicional (art. 14 del Código Penal)
[5] Para el caso de los presos que tienen una condena a prisión o reclusión perpetua más la accesoria del art. 52 del Código Penal, que establece medidas de seguridad para presos particularmente peligrosos, la obtención de la libertad definitiva está vinculada a que el juez a cargo considere que ya no es peligroso “para sí o para terceros”.
[6] Ibidem.
[7] Según información remitida a Claudia Cesaroni por el Alcaide Juan Carlos Albano, Jefe de la División Secretaría del Servicio Penitenciario Federal, en Nota Nº 321/02 D.J. del 17 de Enero de 2003.
[8] Coyle, op. cit., pág. 137.
[9] Información disponible en: http://www.spb.gba.gov.ar/index.php?option=com_content&task=section&id=5&Itemid=35
[10] - Daroqui, A.; Fridman, D.; Maggio, N.; Mouzo, K; Rangugni, V.; Anguillesi, C.; Cesaroni, C. 2006. Voces del encierro. Mujeres y jóvenes encarcelados en Argentina. Una investigación socio-jurídica. Buenos Aires: Omar Favale.
- Ríos, M.; Cabrera Cabrera, P.J. 1999. Mil voces presas. Madrid: Universidad Pontificia 1999.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Α νeces se tardа mucho en leer articuloѕ bien escrіtos, de modo que me alego de dartе las gracias.Sigue as� ;)

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