DERECHO A VOTO Y EDAD DE RESPONSABILIDAD PENAL.


Respecto al derecho a voto, uno de los argumentos que están circulando es “si los dejan votar entonces que puedan ir presos”. La verdad es que los adolescentes ya van presos a partir de los 16 años, son punibles. De hecho hay adolescentes condenados a prisión perpetua por delitos cometidos a los 16 y 17 años, que están presos hace 16 años. El 30 de agosto, un fallo de la Cámara de Casación Penal diciendo que esas condenas han sido inconstitucionales. Así que una primera cuestión: ya son punibles. Van presos a institutos de menores y cuando cumplen 18 años pasan a cárceles igual que cualquier adulto. El ejercicio de voto es una ampliación de derechos con lo cual comparar estas dos cuestiones es mezclar dos cosas distintas. Plantear más castigo como si fuera una contratara a ejercer el derecho de voto, sobre todo si es optativo, como en este caso para esta franja, no tiene nada que ver.

En relación a bajar aún más la edad de punibilidad lo que se discute es a partir de qué edad se decide introducir a un adolescente en el sistema penal. A partir de qué edad lo que hace un adolescente se resuelve mediante el sistema penal. Y esto no tiene que ver con el discernimiento, con que un adolescente sepa lo que está bien y está mal. Este es un poco el planteo que se hace: “si tiene discernimiento para votar o si sabe que está mal matar entonces hay que establecer la edad de punibilidad en los 14 o 15 años”. Saber lo que está bien y lo que está mal lo puede saber un niño de 10 años, ¿no? Un niño de 8 o 10 años sabe que está mal matar. El punto es a partir de qué edad nos ponemos de acuerdo como sociedad adulta en resolver o en atender las transgresiones de los niños y adolescentes con el sistema penal, porque se pueden atender con otro sistema.  De hecho, si se fija la edad de punibilidad a los 16 años por debajo te va a quedar un adolescente que comenta un delito. Si se fija a los 14 años también, hay países que la tienen en los 12 años y puede haber alguno de 11 años que cometa algún hecho grave. Pero se establece un límite y por debajo de ese límite se establece que no interviene el sistema penal sino que interviene el sistema de protección de derechos, es decir, el sistema civil-administrativo, no penal.

Claudia Cesaroni en La mañana con Sergio Secchi- Radio Nacional  FM 93.7 (Escuchar la entrevista completa aquí: http://www.radionacional.com.ar/politica/44295-la-participacion-juvenil-en-las-elecciones.html)


Algunas cifras sobre los adolescentes y el sistema penal:

Cantidad de Niños, niñas, adolescentes y jóvenes alojados en “Institutos de Menores” según edad (Punibles: 16 y 17 años – no punibles: menores de 16 años)

Fuente: UNICEF- Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2008). Adolescentes en el sistema penal. Situación actual y propuestas para un proceso de transformación. P. 49



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