En el día de hoy, 14 de febrero de 2013, el CEPOC junto a la Comisión Provincial por la Memoria, el CELS, el CIAJ y Defensores Públicos nos hemos presentado ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires para solicitar la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 14.434, promulgada en el día de ayer, mediante la cual se pretende limitar las excarcelaciones en los casos de portación ilegítima de armas de fuego. También solicitamos la suspensión de los efectos inmediatos que comenzará a tener la ley hasta tanto se resuelva la constitucionalidad de la reforma.
Mediante al reforma de un único artículo se violan las garantías básicas establecidas en nuestra Constitución Nacional, la Constitución Provincial y numerosos pactos internacionales de Derechos Humanos.
Este tipo de medida, dispuesta bajo los argumentos de “aumentar la seguridad”, ejemplificar con algunos casos puntuales el accionar del Estado frente a hechos delictivos, suele ser anunciada e impulsada luego de operativos policiales de amplia repercusión mediática (ver: http://www.ambito.com/diario/noticia.asp?id=663189) y de dudosa legalidad y veracidad, tal como lo hemos planteado en casos anteriores, lo que le quita aún más la legitimidad a estos argumentos. (Ver “Megaoperativo simbólico en Carlos Gardel”publicado en nuestro blog http://cepoc-cepoc.blogspot.com.ar/2011/06/mega-simbolico-operativo-en-carlos.html)
Se pretende, con la reforma al artículo 171 del Código Procesal Penal de la Provincia, restringir las excarcelaciones en aquellos casos donde la persona que porta el arma de fuego haya intentado “…eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento” otorgándole a la Policía Bonaerense niveles de discrecionalidad alarmantes en una fuerza de seguridad que está siendo permanentemente cuestionada por sus irregulares procedimientos, armado de causas penales y numerosas detenciones ilegales bajo el argumento de la “resistencia a la autoridad” que se dirige, especialmente, a los jóvenes que habitan los barrios de la Provincia de Buenos Aires.
Estas medidas de demagogia punitiva en nada solucionan los conflictos que pretenden sino, por el contrario, aumenta los niveles de prisionización en una Provincia que encuentra su sistema carcelario saturado y en condiciones que no cubre los estándares mínimos de dignidad humana.
Han sido numerosas las medidas legislativas en torno a este criterio de política criminal que no solo generan los efectos contrarios a los pretendidos, ya que está comprobado que los índices delictivos no han disminuido gracias a ellas, sino también han generado una vasta jurisprudencia de nuestra Corte Suprema y la Corte Interamericana de Derechos Humanos declarando su violación a los estándares mínimos Derechos Humanos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario