Informe de la Red Pcial de DHH de Corrientes
UNIDAD SEIS
Hoy han iniciado huelga de hambre los 300 internos de la Unidad Penal 6, Alcaidía de procesados de San Cayetano. Sus reclamos son históricos, demandan medidas de fondo y ejemplificadoras para el personal de custodia y traslado (especialmente los "hombres de negro") por los apremios, vejámenes y malos tratos a quienes están solo privados de la libertad ambulatoria, pero no de su dignidad. Reclaman además mejores condiciones de detención, mejor trato a las visitas, que son sometidas a requisas humillantes.- Por otra parte, está previsto para este día martes, a las 18:30 hs una reunión de familiares de internos con funcionarios del Ministerio de Gobierno, Subsecretaría de Seguridad y Jefatura del Servicio Penitenciario, para dar respuesta a la preocupación de los familiares respecto al comportamiento de la guardia que el pasado domingo 17 a la tarde, ante un intento de fuga de dos internos, disparó indiscriminadamente, primero con balas de goma, y luego con pistolas 9 mm al patio cerrado, donde estaban las visitas, en su mayoría mujeres y niños. Tanto internos como familiares requieren que se tomen medidas de fondo, lo las respuestas habituales, que ponen un paño frío a la protesta y no hacen mas que sumariar y trasladar de una unidad a la otra a los agentes responsables de golpizas y trato humillante. La supuesta "limpieza" que con bombos y platillos anuncia la Jefatura del Servicio no consiste mas que en DOS OFICIALES CESANTEADOS, y de la UNIDAD UNO, siendo que son innumerables los sumarios y las denuncias judiciales referidas a los vejamenes y tormentos en las distintas unidades penales, especialmente en la Alcaidía de San Cayetano, U6.-
UNIDAD UNO
En horas de la mañana, los doce internos alojados en celdas de aislamiento de la Unidad Penal 1 han hecho llegar sendas notas al Ministro de Gobierno, y a los Subsecretarios de Seguridad y de DDHH de la Provincia para que verifiquen las infrahumanas condiciones de detención en las que cumplen condena y se tomen medidas urgentes para que cese el agravamiento a sus condiciones de detención.
A continuación el contenido del escrito:
Corrientes, 18 de Febrero de 2008
Al Sr Ministro de Gobierno de la Pcia de Corrientes
Dr.Walter Insaurralde
S. / D.-
Los abajo firmantes, todos condenados, a disposición del Juzgado de Ejecución de Condena, y alojados en celdas de aislamiento de la Unidad Penal 1 nos dirigimos a Ud a efectos de solicitar con carácter de URGENTE una entrevista personal con Ud. y con los Subsecretarios de Seguridad y de Derechos Humanos, y la Jefatura y Dirección del Servicio Penitenciario Provincial a fin de encontrar soluciones inmediatas al agravamiento injustificado en las condiciones de detención en que nos encontramos quienes estamos en “resguardo y asilamiento” en los buzones de castigo.
Ud, Sr Ministro, no puede desconocer el carácter de vulneración a los derechos elementales que hacen a la dignidad humana el hecho de vivir encerrado –por meses y años- 22 hs al día, en una celda de 1,5 m por 2 m, sin luz natural y sin ventilación, solo con un pasaplatos. Convivimos con cucarachas y otros insectos, padecemos problemas de hongos por la falta de sol y la excesiva humedad de las paredes, no hay suficiente provisión de elementos de higiene (escoba, escurridor, creolina, jabón, etc). Los recreos son rotativos, una hora a la mañana y una hora a la tarde, en un “patio” de 2 m por 4 m donde está la ducha, el baño y una pileta que usamos, tanto para lavar la ropa como nuestros platos de comida. En esa hora hay que higienizarse, lavar la ropa, hacer eventuales llamadas telefónicas, pedir para ir a sanidad, etc. Si necesitamos con urgencia el baño, dependemos de la predisposición y el “animo” con que hayan venido nuestros celadores, la mas de las veces usamos botellas descartables para orinar y tenemos que defecar en bolsas de plástico. Carecemos absolutamente de actividades físicas, atención espiritual, programa de estudios o de trabajo.-
Muchos de quienes pasamos por estas celdas padecimos severos problemas psicológicos, depresión, alteración del equilibrio emocional, autolesiones, a consecuencia de estas condiciones, degradantes para la condición humana. Es necesario e imperioso que el Ministerio encargado de nuestra custodia arbitre los recursos y adecue los lugares de detención a los arts. 18 y 75 inc. 22° Constitución Nacional; art. 5 inc. 1°, 2°, y 6° Convención Americana de Derechos Humanos; art. 5 Declaración Universal de Derecho Humanos; a las“Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos” adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente, Ginebra, 1955.-
A partir de la reforma de la Constitución Nacional en el año 1994 ha quedado incorporado el concepto de ‘prevención especial’ o ‘"readaptación social del condenado’, en este sentido lo regla el art. 5 inc.6 de la C.A.D.H. según el cual “las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación de los condenados”, y en igual sentido lo dispone el art. 10 inc. 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La situación en la que nos encontramos, nos impide avanzar con el cumplimiento de un régimen de progresividad y realizar trabajo o tareas que tiendan a la reintegración social, conforme lo establece la Ley 24.660.
Limitar el horario para recreación e higiene a una hora en la mañana y otra en la tarde, y mantener encerrados en celdas a los internos durante el resto de las veintidós horas que conforman el día, aparece como vejatorio desde todo punto de vista, por mas que se intente justificar ello en la ausencia de lugares que garanticen el resguardo debido a su integridad física.
Esta situación exhibe una negación esquizofrénica cuando se pretende que bajo estas condiciones se incorporen principios de sujeción de una vida en orden y disciplina preparatoria de una residencia ulterior extra muros. Ni que hablar de la carencia de estímulos idóneos para incentivar la autoestima y el esfuerzo por mejorar y superar las dificultades. Expresamente lo subraya la Corte Interamericana de DDHH al decir que el hacinamiento fomenta la desesperación y las tendencias hacia la violencia de los internos, y que "en vez de ser rehabilitados en el Instituto para una reinserción satisfactoria en la sociedad, los internos fueron sometidos a sufrimientos diarios y por lo tanto, a un proceso de aprendizaje negativo y vicioso, el cual, en parte, explicaba el alto índice de reincidencia de los mismos" (CIDH caso "Instituto de Reeducación del Menor v. Paraguay", el 2 de septiembre de 2004).
Por todo ello, es que esperamos que tras la audiencia solicitada se resuelva la mejoría de estas condiciones que reiteramos, atentan contra el deber de resguardo que el Estado tiene para con nosotros.
Sin otro particular, lo saludamos muy atte.-
Firman, la totalidad de los internos alojados en "Buzones de aislamiento de la Unidad UNO"
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